En España, homologación y legalización de reformas en vehículos son dos procesos distintos, aunque relacionados. La homologación se refiere al proceso de verificar que un vehículo cumple con las normativas para ser matriculado y circular. La legalización de reformas, por otro lado, se aplica a modificaciones realizadas en vehículos ya matriculados y asegura que esas modificaciones cumplen con las regulaciones.
Homologación:
- Se realiza antes de la matriculación del vehículo, por lo general por el fabricante o importador, para asegurar que cumple con los requisitos técnicos y de seguridad establecidos por la ley.
- Es un proceso más amplio que cubre el vehículo en su totalidad y garantiza que cumple con las normativas vigentes para su comercialización y puesta en circulación.
- Ejemplos incluyen la homologación de vehículos nuevos, vehículos importados y homologaciones individuales para vehículos que han sido fabricados en varias fases.
Legalización de Reformas:
- Se aplica a modificaciones realizadas en vehículos que ya están matriculados.
- Asegura que las reformas, como cambios en la suspensión, carrocería, o sistemas de escape, cumplen con las normativas y son seguras.
- Es un proceso necesario para asegurar que las modificaciones no comprometen la seguridad del vehículo ni incumplen con las regulaciones de tráfico.
- Para legalizar una reforma, generalmente se requiere un informe técnico de conformidad emitido por un servicio técnico de homologación, un certificado del taller que realizó la reforma y la ficha técnica del vehículo.
En resumen: La homologación es un proceso inicial para asegurar el cumplimiento normativo de un vehículo completo, mientras que la legalización de reformas se enfoca en asegurar que las modificaciones realizadas cumplen con las regulaciones y no comprometen la seguridad.
