Mes: diciembre 2017

Desde hoy ya se pueden adquirir los distintivos medioambientales de los vehículos en oficinas de Correos.

Desde hoy ya se pueden adquirir los distintivos medioambientales de los vehículos en oficinas de Correos.

Desde hoy y hasta el 15 de diciembre los distintivos se pueden adquirir en 30 de las oficinas de correos de Cataluña
A partir del 15 de diciembre se podrán adquirir en 70 Oficinas de Correos de Cataluña y en las oficinas principales de cada provincia
El ciudadano que quiera conocer qué etiqueta ambiental corresponde a su vehículo, puede consultarlo en dgt.es
01 DICIEMBRE 2017Desde hoy ya se pueden adquirir los distintivos medioambientales de los vehículos en oficinas de Correos.
A partir de hoy, los titulares de vehículos que tengan un vehículo catalogado como B, C, ECO o 0 emisiones y que no dispongan del distintivo medioambiental correspondiente a la clasificación realizada por la Dirección General de Tráfico podrán adquirirlo en oficinas de Correos.

De esta manera se facilita el control y aplicabilidad de las distintas medidas que en materia de calidad del aire se vienen acordando, como es el caso de las medidas que el Ayuntamiento de Barcelona tiene previsto establecer a partir de hoy en caso de episodios de contaminación y por la que no podrán circular por la zona de bajas emisiones de Barcelona los vehículos que no dispongan de la etiqueta medioambiental de la DGT.

Los distintivos ya se pueden adquirir en 30 de las oficinas de correos de Cataluña

A partir del 15 de diciembre se ampliará la venta a 70 oficinas de Correos de Cataluña y en las oficinas principales de Correos de cada provincia

La colocación del distintivo, salvo para aquellos vehículos afectados por alguna medida relacionada con los mismos que así lo establezca, es voluntaria, pudiendo adquirirse en las oficinas de Correos a un precio de 5€.

Sin embargo, y dado que facilita la rápida identificación de los vehículos menos contaminantes, se recomienda que se adhiera en el ángulo inferior derecho del parabrisas delantero, si se dispone de él, o en su defecto, en cualquier sitio visible del vehículo.

En todo caso, las administraciones competentes podrán acceder en tiempo real al registro de vehículos de la DGT y conocer la clasificación ambiental y el tipo de etiqueta que corresponde a cada vehículo.

Además, el ciudadano que quiera conocer que distintivo ambiental corresponde al vehículo de su titularidad, puede consultarlo en dgt.es.

La clasificación de los vehículos se deriva del Plan Nacional de Calidad del Aire y Protección de la Atmósfera 2013-2016 (Plan Aire) en el que se afirma que tanto las partículas como el dióxido de nitrógeno tienen en el tráfico rodado la principal fuente de emisión en las grandes ciudades y propone la clasificación de los vehículos en función de los niveles de contaminación que emiten. La clasificación de los mismos atiende a criterios europeos

Esta medida tiene como objetivo discriminar positivamente a los vehículos más respetuosos con el medio ambiente, y ser un instrumento eficaz para establecer políticas municipales, como la puesta en marcha por el Ayuntamiento de Barcelona, que sea útil en episodios de alta contaminación, permita establecer zonas de bajas de emisiones en los centros urbanos y contribuya al mismo tiempo a la promoción de vehículos propulsados por energías alternativas.

Aquellos vehículos más contaminantes no tienen distintivo ambiental.

Cada autoridad con competencias en fiscalidad del automóvil, movilidad o medio ambiente podrá decidir en cada momento qué incentivos ofrece a los vehículos más limpios. Por ejemplo, la DGT permite ya circular en el carril bus VAO a vehículos “Cero emisiones”.

LOS CUATRO MODELOS

-Cero emisiones:

Vehículos eléctricos de batería (BEV), vehículo eléctrico de autonomía extendida (REEV), vehículo eléctrico híbrido enchufable (PHEV) con una autonomía mínima de 40 kilómetros o vehículos de pila de combustible.

-ECO:

Vehículos híbridos enchufables con autonomía <40km, vehículos híbridos no enchufables (HEV), vehículos propulsados por gas natural, vehículos propulsados por gas natural (GNC y GNL) o gas licuado del petróleo (GLP). En todo caso, deberán cumplir los criterios de la etiqueta C.

-C:

Turismos y furgonetas ligeras de gasolina matriculadas a partir de enero de 2006 y diésel a partir de 2014.

Vehículos de más de 8 plazas y pesados, tanto de gasolina como de diésel, matriculados a partir de 2014.

Por tanto, los de gasolina deben cumplir la norma Euro 4,5 y 6 y en Diésel la Euro 6.

-B:

Turismos y furgonetas ligeras de gasolina matriculadas a partir de enero del año 2000 y de diésel a partir de enero de 2006.Vehículos de más de 8 plazas y pesados tanto de gasolina como de diésel matriculados a partir de 2005.Por tanto, los de gasolina deben cumplir la norma Euro 3 y en Diésel la Euro 4 y 5.

La clasificación ambiental de la totalidad del parque matriculado en España es la siguiente:

La DGT clasifica el parque de vehículos en función de su potencial contaminante.

La DGT clasifica el parque de vehículos en función de su potencial contaminante.

Se emitirán etiquetas para el 50% del parque correspondiente a los vehículos más limpios.
Los distintivos ambientales se enviarán a los titulares de 16 millones de vehículos clasificados como Cero, Eco, C y B.
La categorización responde al Plan Nacional de Calidad del Aire y protección de la Atmósfera 2013-2016.
Durante el mes de mayo, la DGT enviará a los 100.000 distintivos a los titulares de vehículos clasificados como ECO.
14 ABRIL 2016La DGT clasifica el parque de vehículos en función de su potencial contaminante.
En los próximos días se publicará en el Boletín Oficial del Estado la resolución de la DGT en la que se recoge la clasificación del parque de vehículos correspondiente al 50% más limpio (unos16 millones).

Esta categorización se origina en el Plan nacional de calidad del aire y protección de la atmósfera 2013-2016 (Plan Aire) en el que se afirma que tanto las partículas como el dióxido de nitrógeno tienen en el tráfico rodado la principal fuente de emisión en las grandes ciudades y propone la clasificación de los vehículos en función de los niveles de contaminación que emiten.

La clasificación del parque tiene como objetivo discriminar positivamente a los vehículos más respetuosos con el medio ambiente y ser un instrumento eficaz en políticas municipales, tanto restrictivas de tráfico en episodios de alta contaminación, como de promoción de nuevas tecnologías a través de beneficios fiscales o relativos a la movilidad y el medio ambiente.

La clasificación de los vehículos está consignada en el registro nacional de vehículos de la DGT y a la misma podrán acceder en tiempo real los organismos con competencia en materia de movilidad, seguridad vial, tributaria o en medio ambiente y se detalla a continuación:

Cero emisiones:

0 emisiones
Ciclomotores, triciclos, cuadriciclos y motocicletas; turismos; furgonetas ligeras, vehículos de más de 8 plazas y vehículos de transporte de mercancías clasificados en el Registro de Vehículos de la DGT como vehículos eléctricos de batería (BEV), vehículo eléctrico de autonomía extendida (REEV), vehículo eléctrico híbrido enchufable (PHEV) con una autonomía mínima de 40 kilómetros o vehículos de pila de combustible.

ECO:

0 emisiones
Turismos, furgonetas ligeras, vehículos de más de 8 plazas y vehículos de transporte de mercancíasclasificados en el Registro de Vehículos como vehículos híbridos enchufables con autonomía <40km, vehículos híbridos no enchufables (HEV), vehículos propulsados por gas natural, vehículos propulsados por gas natural (GNC y GNL) o gas licuado del petróleo (GLP).

En todo caso, deberán cumplir los criterios de la etiqueta C.
C:

0 emisiones
Turismos y furgonetas ligeras de gasolina matriculadas a partir de enero de 2006 y diésel a partir de 2014.

Vehículos de más de 8 plazas y de transporte de mercancías, tanto de gasolina como de diésel, matriculados a partir de 2014.
Por tanto, los de gasolina deben cumplir la norma Euro 4,5 y 6 y en Diésel la Euro 6.

B:

0 emisiones

Turismos y furgonetas ligeras de gasolina matriculadas a partir de enero del año 2000 y de diésel a partir de enero de 2006.Vehículos de más de 8 plazas y de transporte de mercancías tanto de gasolina como de diésel matriculados a partir de 2005.

Por tanto, los de gasolina deben cumplir la norma Euro 3 y en Diésel la Euro 4 y 5.

Los criterios para clasificar el parque de vehículos son el resultado de un largo y deliberado trabajo liderado por la DGT y en el que han participado entre otros organismos el Ayuntamiento de Madrid, el Ayuntamiento de Barcelona, el Real Automóvil Club de Cataluña (RACC), la Asociación Nacional de Fabricantes de Automóviles y Camiones (ANFAC), el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente y el Ministerio de Industria, Energía y Turismo. El primer fruto de este grupo se materializó con la clasificación de los vehículos “cero emisiones” y el envío de las etiquetas azules a sus 10000 titulares.

Con la publicación en el BOE, el trabajo del grupo se hace público para el resto de categorías.

La DGT enviará en unas semanas a los 100.000 titulares de vehículos clasificados como ECO (unos 25.000 de la Comunidad de Madrid y 16.000 en la provincia de Barcelona) una carta en la que se incluirá el distintivo medioambiental azul y verde.

El envío del distintivo ambiental también lo realizará la DGT a los titulares de vehículos etiquetados como C y B pero en meses posteriores y de forma progresiva.

El plan de la DGT es continuar con la clasificación del resto del parque de vehículos hasta tener etiquetados los 32 millones de vehículos de los que actualmente se compone nuestro parque automovilístico.

Cada autoridad con competencia en materias relativas a la fiscalidad, movilidad y medio ambiente podrá decidir en cada momento qué incentivos ofrece a los vehículos menos contaminantes en su ámbito de competencia. Por ejemplo, la DGT permite ya circular en el carril bus VAO a vehículos “Cero emisiones”.